Transferencia de Beneficios Previsionales
Asesoramos a los herederos sobre la transferencia de beneficios jubilatorios o previsionales del causante, incluyendo haberes devengados y no cobrados, diferencias pendientes de pago y sentencias en ejecución.
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Transferencia de Beneficios Previsionales
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Cuando fallece una persona que era jubilada o tenía un reclamo previsional en curso, sus herederos pueden tener derecho a cobrar los haberes devengados y no percibidos, las diferencias reconocidas en juicio y cualquier otro crédito previsional que el causante haya generado en vida. Estos derechos son transmisibles a los herederos, pero requieren una gestión específica que combina el proceso sucesorio con el trámite previsional o judicial correspondiente.
En la práctica, muchas familias desconocen que tienen derecho a cobrar estas sumas, o no saben cómo reclamarlas. En algunos casos el juicio de reajuste del causante estaba en plena tramitación al momento del fallecimiento, y los herederos pueden y deben continuar ese proceso para cobrar lo que corresponde.
En Estudio Preveo articulamos el proceso sucesorio con la gestión previsional y judicial necesaria para que los herederos puedan acceder a todos los derechos económicos que el causante dejó pendientes.
¿Para quién es?: Herederos de jubilados o trabajadores fallecidos que tenían haberes sin cobrar, juicios de reajuste en curso o sentencias previsionales pendientes de ejecución.
Lo que incluye:
Identificación de créditos previsionales del causante
Articulación con el proceso sucesorio
Continuidad de juicios de reajuste iniciados por el causante
Gestión del cobro de haberes devengados y no percibidos
Ejecución de sentencias pendientes a favor de los herederos